Una operadora del '112' relata lo "sola" que se sintió el 29-O al llegar al puesto al mediodía ya con "muchas llamadas"
La testigo se ha pronunciado en estos términos en su declaración ante la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la riada.

Una operadora de comunicación de Emergencias ha relatado ante la jueza que investiga la gestión de la catastrófica dana del pasado 29 de octubre lo "sola" que se sintió al llegar al puesto al mediodía ya con "muchísimas llamadas".
La testigo se ha pronunciado en estos términos en su declaración ante la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la riada, procedimiento en el que hay dos investigados, la exconsellera de Justicia Salomé Pradas y su exnúmero dos Emilio Argüeso.
La operadora ha explicado, según ha podido saber Europa Press, que el 29 de octubre llegó a su puesto de trabajo a las 13.45 horas y ha descrito que las llamadas al '112 Comunitat Valenciana' eran descontroladas.
También ha comentado, visiblemente emocionada, que las llamadas que recibió eran para pedir rescates y porque había muchas zonas inundadas. "Me sentí muy sola", ha expuesto.
Ha explicado que los días anteriores a la dana ya sabían que para esa jornada había alertas por lluvias y, durante la riada, ha lamentado que muchos alcaldes no le cogían los teléfonos.
Además, la testigo ha indicado que un día normal de trabajo solo hay un operador en el puesto, y el día 29 de octubre solo estuvo ella de operadora, "como un día normal", ha manifestado.
Esta semana seguirán las testificales el próximo viernes, día 6, con una técnica superior de Emergencias; mientras que la semana que viene están citados, el día 10, el jefe de unidad de análisis y seguimiento de Emergencias; y, el 12, un trabajador de Ilunion Emergencias.
La grabación de la reunión del Cecopi del 29-O
La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia) ha aceptado la incorporación a la causa de la grabación de algo más de un minuto realizada por el jefe de Climatología de la Aemet en la Comunitat Valenciana, José Ángel Núñez, de la reunión mantenida por el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) el pasado 29 de octubre.
Así consta en un auto de la magistrada en el que se señala que, en su declaración testifical del pasado lunes, Núñez manifestó haber efectuado una grabación de algo más de un minuto de la reunión del Cecopi, un audio "actualmente de difusión pública" y cuya obtención "ha de estimarse plenamente lícita", dado que "fue realizada por uno de los intervinientes oficiales en la reunión del Cecopi y pertinente en consecuencia su aportación al procedimiento". Asimismo, en la resolución, contra la que cabe recurso, acuerda que se coteje ese audio.
El audio, que difundió en su día la cadena SER, es una grabación de un momento de la reunión del Cecopi, sobre las 19.15 horas del día de la dana, cuando se estaba hablando de la difusión del mensaje ES-Alert a la población y en el que participan la exconsellera de Justicia e Interior e investigada, Salomé Pradas; la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y un técnico.
La magistrada señala que, si se aplica la doctrina constitucional a este caso, no se aprecia vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones, previsto en el artículo 18.3 de la Constitución, por el hecho de la grabación se entregue a un tercero ni vulneración del derecho a la intimidad ya que su contenido no afecta al núcleo íntimo de ninguno de los interlocutores presentes.
Por tanto, sostiene que en esa aportación al procedimieto de esa grabación "se cumplen plenamente" los requisitos jurisprudenciales "tanto en lo que respecta al audio, como en la grabación de las imágenes". La jueza destaca, en primer lugar, que las reuniones del Cecopi pueden ser grabadas y que el ministerio fiscal solicitó el acta o copia de la grabación.
"No se trata propiamente de conversaciones privadas, sino de la documentación de actuaciones administrativas, que desafortunadamente en lo que corresponde al esclarecimiento del proceso de decisión de lo sucedido el 29 de octubre de 2024, no se llevó a cabo", indica la jueza, que también cita otra jurisprudencia del Supremo y otras instancias y añade que, en cualquier caso, la grabación "no vulneraría ni el secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad de los partícipes".
En esta línea, incide en que esta es una reunión "en la que se debían haber adoptado las medidas para salvaguardar a la población" y "no se trataban temas personales, íntimos de los intervinientes, sino actuaciones referidas a la emergencia".